Aquí os dejamos este resumen, sobre los permisos retribuidos en caso de ser nombrado Predidente/a, Vocales de las mesas electorales, personas que acrediten su condicion de Interventor/ra, Apoderado/a y Votanten, según el RD 605/1999 de 16 de Abril, de regulación complementaria de los procesos electorales.
Si teneis cualquier pregunta al respecto, no dudeis en poneros en contacto con vuestras/os delegados de CCOO, para que os la resuelva.
Un saludo Comnpañer@s.
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