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viernes, 10 de abril de 2020

¿Te has quedado sin trabajo por la crisis del coronavirus?

¿Te has quedado sin trabajo por la crisis del coronavirus?
CCOO puede ayudarte. Los servicios jurídicos del sindicato están a tu disposición si te han despedido o tu contrato ha finalizado durante el actual estado de alarma. Las personas no afiliadas a CCOO podrán beneficiarse, en estas circunstancias, de una tarifa reducida.

CCOO ha decidido mejorar el acceso a los servicios jurídicos con condiciones especiales para las personas no afiliadas al sindicato, con el objetivo de asegurar el mantenimiento del empleo a través de la defensa de los trabajadores y trabajadoras y de sus puestos de trabajo.
Si te han despedido o tu contrato ha finalizado durante el actual estado de alarma, puedes acudir al sindicato. No importa qué modalidad de contrato tuvieras (indefinido, temporal de duración determinada o fijo discontinuo).
Infórmate a través de los contactos de las asesorías jurídicas de CCOO haciendo click en el siguiente enlace asesoria jurídica CCOO
Un saludo compañer@s

domingo, 19 de mayo de 2019

Ayudas al Alquiler de Viviendas 2019

Ayudas al Alquiler de Viviendas 2019



Ya están publicadas las ayudas al alquiler de viviendas, que tiene como plazo para solicitarlas hasta el 7 de junio.

 Estas ayudas subvencionan el alquiler de la vivienda habitual en un 40%. Para mayores de 65 años y menores de 35 será del 50% y se incluye el alquiler de enero a diciembre de 2019.
 Como requisitos fundamentales se encuentran: ser la persona titular del contrato de alquiler y poder justificar el pago mensual mediante transferencia o domiciliación bancaria, pero nunca con recibos escritos a mano.
 Además, la persona solicitante deberá ser mayor de 18 años y tener nacionalidad española o residencia legal en España.
 Para más información podéis consultar en la Sede electrónica de la junta de Castilla y León donde podéis encontrar todos los requisitos, documentación y formularios a presentar con la solicitud, y como tramitar dicha solicitud. 

 Un Saludo Compañer@s.

domingo, 20 de enero de 2019

Ayudas Madres Trabajadoras . Requisitos.


Incremento de la Ayuda a Madres Trabajadoras, con hijos entre 0-3 años, que hagan uso de guardería.

Recordad, que tenéis de plazo hasta el 15 de Febrero, para solicitar esta ayuda (solo este año, en los siguientes será solo durante el mes de enero) .

Aquí os dejamos el resto de la Información que nos hacen llegar desde el Sindicato, que podeis compartir con todas aquellas personas, familiares, amigos y vecinos, que creais oportuno.





Un saludo Compañer@s.

miércoles, 4 de julio de 2018

Ampliación Permiso de Paternidad a 5 Semanas




Circular nº  0001/18


De: Secretaría de Mujer y Políticas de Igualdad

A:

AMPLIACIÓN DEL PERMISO DE PATERNIDAD A 5 SEMANAS

Prioridad: ALTA
(baja,media o alta) 

 4 de julio de 2018


Estimadas compañeras y compañeros,

Hoy día 4 de julio han salido publicados los Presupuestos Generales del Estado.
Dentro de los presupuestos se modifica lo relativo a la suspensión del contrato por paternidad:

-       El nuevo artículo 48.7 del Estatuto de los Trabajadores establece que la suspensión será de 5 semanas (es decir, se añada una más de las que ya estaban establecidas).
Los requisitos y plazos son los mismos, excepto que la última semana puede cogerse de manera ininterrumpida (es decir, unida a las 4 semanas) o independiente hasta los 9 meses del nacimiento o de la resolución judicial o administrativa (siempre que exista acuerdo entre la empresa y el trabajador/otro progenitor o progenitora). Si se quiere utilizar esta última forma, debe decidirse al inicio del periodo de suspensión, y por tanto indicarse en el documento que se entrega a la seguridad social solicitando la suspensión del contrato por paternidad.

-       El nuevo artículo 49 c) del Estatuto Básico del Empleado Público establece que la suspensión será de 5 semanas (es decir, una más de las que ya estaban establecidas).
Al igual que en el caso anterior, la última semana podrá ser disfrutada independientemente del resto, dentro de los 9 meses siguientes al nacimiento, resolución judicial o decisión administrativa, siempre y cuando se lo autorice la Administración en la que preste servicios el trabajador o el progenitor o progenitora, previa solicitud y en los términos previstos en su normativa. También se establece en la nueva normativa, que la suspensión por paternidad pueda ser disfrutada durante todo el periodo de suspensión del contrato por maternidad, siempre que así se solicite.


Esta nueva suspensión del contrato por paternidad entrará en vigor mañana día 5 de julio y afectará a los nacimientos que se produzcan a partir de ese día.
 


Un Saludo Comnpañer@s.

miércoles, 20 de junio de 2018

Ayudas al Alquiler de Viviendas.


 Esta misma semana se publicarán, fruto de los Acuerdos del Diálogo Social en Castilla y León negociados por el sindicato, ayudas al alquiler de vivienda con el objetivo de subvencionar parcialmente la renta mensual de la vivienda habitual.

Os adjuntamos cartel con información sobre esta convocatoria.
Para más información puedes acceder a la web de la Junta de Castilla y León siguiendo este enlace,
Ayudas al Alquiler de Viviendas, Junta Castilla y León




Un saludo Compañer@s.

lunes, 4 de junio de 2018

Formación desde El Servicio de Orientación Laboral para Jovenes

 Con este post, os acercamos a la web de Servicio de Orientación Laboral e Información para Jovenes de CCOO de Castilla y León.

En esta web podeis encontrar ofertas de empleo de caracter publico, como privado, localizado en nuestra comunidad autonoma de Castilla y León.

 También podeis encontrar un gran abanico de formaciones, muchas de ellas on line, tanto para empleados como desempleados, que pueden ser de vuestro interes.

 No dudeis en compartirlo por amigos, familiares y conocidos, que esten desempleados como buscando un nuevo puesto o formación.

https://sites.google.com/view/boletinccoojuventudcyl/p%C3%A1gina-principal/bolet%C3%ADn-04/04publico

https://sites.google.com/view/boletinccoojuventudcyl/p%C3%A1gina-principal/bolet%C3%ADn-04/04privado

https://sites.google.com/view/boletinccoojuventudcyl/p%C3%A1gina-principal/bolet%C3%ADn-04/04formacion

Servicio de Or

FORMACIÓN ONLINE

miércoles, 5 de julio de 2017

Publicadas Ayudas PIE 2017

Publicadas Ayudas PIE 2017. Ayudas Economicas para Desempleados de Castilla y León.

  Compañer@s, hoy os hacemos llegar información para la solicitud de ayudas a desempleados, que esperamos difundáis y compartáis con familiares, amigos, vecinos, y demás perdonas que creáis oportuno y estén en esta situación, para que este bien informados y no se les pasen los plazos para solicitar esta ayuda.

 Aquí os dejamos la información del plazo y condiciones para solicitar las ayudas a desempleados/as de Castilla y León, que nos ha hecho llegar el responsable de Empleo, Política Institucional y Diálogo Social de CCOO de Castilla y León.

 A partir del día 4 de julio y hasta el 30 de septiembre se puede solicitar en las Oficinas del Servicio Público de Empleo (Ecyl) la ayuda del Programa Personal de Integración y Empleo- PIE, que es una ayuda económica a personas desempleadas de Castilla y León de 426 euros/mes durante un máximo de seis meses si perteneces a uno de los siguientes colectivos:


 1. Personas desempleadas que hayan extinguido por agotamiento las ayudas económicas
correspondientes al programa estatal PREPARA (programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo) en su convocatorias VII, VIII, IX, X o XI, con inscripción ininterrumpida de 6 meses como demandante de empleo (no se considera interrumpida si ha trabajado menos de tres meses).

 2. Personas desempleadas que hayan extinguido por agotamiento la ayuda económica del Programa de Activación para el Empleo PAE, con inscripción ininterrumpida de 6 meses como demandante de empleo (no se considera interrumpida si ha trabajado menos de tres meses).

 3. Personas desempleadas que hayan extinguido la ayuda económica por cese de actividad de los trabajadores autónomos, con inscripción ininterrumpida de 6 meses como demandante de empleo (no se considera interrumpida si se ha trabajado menos de tres meses).

 4. Personas desempleadas de 55 o más años con inscripción ininterrumpida de 12 meses como demandante de empleo (no se considera interrumpida si ha trabajado menos de tres meses), que hayan agotado prestación o subsidio por desempleo desde el 1 de enero de 2014 y no reunan los requisitos para percibir el subsidio de mayores de 55 años.

 Los posibles beneficiarios deben cumplir otros requisitos y obligaciones que se recogen en la convocatoria (Resolución de 27 de junio de 2017, Bocyl 03-07-2017) y en las bases reguladoras (Orden EMP/496/2017, Bocyl 22-06-2017).

Aquí os dejamos enlace a : Solicitud.
                                            Normativa publicada en el BOCYl.
                                            Convocatoria, Bases y Requisitos.
                                         
                                            Artículo Completo de CCOO.

  Esperamos que estas ayudas lleguen a todos aquellos que la necesitan y que pronto cambie su situación laboral. Muchas gracias a todos por haceros eco de esta noticia. Un Saludo Compañer@s .