viernes, 20 de febrero de 2026

Derechos Laborales del Miembro de Mesa Electoral

El próximo 15 de Marzo de 2026, se han convocado elecciones autonómicas en Castilla y león, y como siempre, a aquellos y aquellas , que habéis sido convocados a participar de forma activa, como miembros de las diferente mesas electorales, nos preguntáis sobre que derechos laborales tenemos al respecto. 

Aquí os dejamos un resumen bastante claro sobre ellos. Si os surge cualquier otra pregunta, no dudéis en consultarnosla.



Derechos laborales del miembro de mesa electoral

"Información según la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General (LOREG) y el Real Decreto 605/1999, normativa aplicable a todos los procesos electorales (incluidas elecciones autonómicas)."

 Obligatoriedad

La designación es obligatoria. Solo puede evitarse si la Junta Electoral acepta una causa justificada.


 Permiso el día de la votación

Si el día de la votación coincide con tu jornada laboral:

✔️ Derecho a permiso retribuido de toda la jornada
✔️ No recuperable
✔️ Sin descuento salarial
✔️ No puede sustituirse por vacaciones ni asuntos propios

Ejemplo:
Si trabajas 8 horas ese día, no trabajas ninguna y cobras el 100 % del salario.


Reducción de jornada el día siguiente

Además del permiso del día electoral:

✔️ Derecho a reducción de 5 horas en la jornada del día inmediatamente posterior
✔️ También retribuida
✔️ No recuperable

Esto se aplica aunque la votación sea en domingo.

Ejemplo práctico:
Si la votación es domingo y trabajas el lunes 8 horas → trabajarás solo 3 horas ese lunes con salario completo.


 Suplentes

  • Si acuden pero no llegan a constituir mesa → derecho al tiempo indispensable.

  • Si finalmente actúan como titulares → mismos derechos que presidente o vocal.


 Trabajo a turnos o nocturno

En sistemas industriales o turnos rotativos:

  • Si el turno coincide con el día electoral → permiso completo.

  • Si trabajas turno de noche que enlaza con la jornada electoral → procede adaptación para garantizar descanso.

  • La reducción de 5 horas del día siguiente también se aplica en turnos.


 Justificación ante la empresa

La mesa electoral entrega un certificado oficial de asistencia.
Ese documento debe presentarse a la empresa para justificar el permiso.


 Compensación económica adicional

El Estado abona una dieta económica fija por participar en la mesa electoral.
Esta cantidad es independiente del salario y no sustituye el permiso retribuido.


 Conclusión

Ser miembro de mesa electoral implica:

  • Permiso retribuido completo el día de la votación.

  • Reducción de 5 horas retribuidas al día siguiente.

  • Prohibición de descuento salarial o recuperación de horas.

  • Suplente que actúa o ejerce suplencia = Presidente o vocal.

  • Suplente que no actúa o ejerce suplencia = Tiempo Indispensable.


Cualquier duda, acude o ponte en contacto con tus delegados de CCOO.

Un saludo Compañer@s. 

martes, 14 de octubre de 2025

Calendario Laboral 2026. Desproporcionado, y Sin Diálogo.

 

Posicionamiento Oficial de La Sección Sindical de CCOO en MSD Salamanca, ante la Negociación Calendario Laboral 2026.

 

Desde la Sección Sindical de CCOO en MSD, lamenta profundamente la falta de diálogo y consenso, derivado del tono despectivo, hostil e impositivo, utilizado por nuestros compañeros de comité, para hacer prevalecer sus ideales. La cultura del respeto y el diálogo es innegociable y debe primar en cualquier foro de diálogo y negociación.

 


Es inaceptable que se rechacen propuestas, como el calendario bianual de CCOO, sin una negociación real y transparente. La afirmación de que "RRHH tiene la última palabra" mina la autoridad y la esencia del Comité de Empresa. UGT, propone añadir seis días festivos a recuperar, lo que supone un esfuerzo más que significativo para la toda la plantilla, que CCOO ha calificado de desproporcionado, irresponsable y perjudicial para la conciliación.

 


 

La negociación del Calendario Laboral 2026 debe basarse en un equilibrio que minimice el
impacto en los trabajadores con turnos, problemas de conciliación, y aquellos que no realizar más horas en su jornada, evitando propuestas que incrementen en un número excesivo las horas a realizarlas, como se propone actualmente (52,5h). Defendemos una negociación que sea beneficiosa para toda la plantilla en su conjunto. 


Hacemos un llamamiento a la responsabilidad. Es el momento de abandonar la intransigencia y trabajar por un acuerdo que refleje, el poder disfrutar de algún festivo más, con el menor sacrificio posible para todos, tal y como CCOO sugirió al intentar presentar varias propuestas, con dos festivos, cero festivos o realizar un calendario bianual.

CCOO seguirá vigilante la negociación de la propuesta que se presentará ante la empresa.

sábado, 11 de octubre de 2025

Calendario Laboral MSD Salamanca para 2026

 

INFORMA : Reunión Comité sobre Calendario Laboral 2026.


La Sección Sindical de CCOO en MSD Animal Health os informa de los decepcionantes resultados de la reunión del Pleno del Comité celebrada el pasado 6 de octubre de 2025, cuyo único punto era la presentación de la propuesta del Calendario Laboral para el año
2026.

Desde CCOO y tras un debate interno y una consulta a la plantilla a través de todos los canales a nuestro alcance, elaboramos una serie de propuestas sólidas, ancladas en vuestras demandas y necesidades. (Adjuntamos, por supuesto, nuestras propuestas al presente comunicado para vuestra información y valoración).

               -> Propuesta Calendario Bianual, (Posibilidad de añadir algún festivo) 

               -> Propuesta Calendario + 2 Días Festivos.

               -> Propuesta Calendario + 0 Días Festivos  (Se deben 7,5H.) 

Sin embargo, debemos denunciar que, en un acto que consideramos de profunda falta de respeto democrático, nuestras propuestas, fueron ignoradas y ni siquiera se sometieron a debate. Se nos impuso una votación inmediata, cuyo resultado fue la aprobación de la propuesta de los compañeros y compañeras de UGT, que se trasladara a la empresa.

Esta propuesta establece 6 días festivos, donde a mayores se deben 7,5h según el cálculo de calendario, donde desconocemos por completo las horas a recuperar, así como los detalles de la recuperación horaria. Esta propuesta vacía y con falta de concreción es una irresponsabilidad que deja en la incertidumbre nuestro calendario laboral 2026.

También, debemos destacar el tono hosco y desagradable que imperó en la reunión. Un clima de crispación que dificulta el diálogo y la defensa de vuestros derechos.

Desde CCOO, nuestra postura es firme, trabajaremos para exigir un cambio radical en la dinámica de las reuniones. Reclamaremos el cumplimiento estricto del Reglamento de Funcionamiento del Comité, y garantizaremos que todas las propuestas, se basen en el beneficio para toda la plantilla en su conjunto.

Seguiremos informando.

miércoles, 1 de octubre de 2025

Novedades en el permiso de por nacimiento y cuidado de menores

  • El pasado 29 de julio se aprobó en Consejo de Ministros, el Real Decreto-ley 9/2025 por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado, para completar la transposición de la Directiva relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores. La norma vendría a modificar el Estatuto de los Trabajadores, el Estatuto Básico del Empleador Público (EBEP) y la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).
  • Desde  CCOO valoramos positivamente esta ampliación de los permisos de nacimiento y cuidado, así como el reconocimiento específico a las familias monoparentales y seguiremos trabajando para que estos derechos se garanticen en todos los centros de trabajo sin obstáculos ni discriminaciones

31/07/2025.
Permisopor nacimiento y cuidado de menores

Permisopor nacimiento y cuidado de menores

El pasado 29 de julio se aprobó en Consejo de Ministros, el Real Decreto-ley 9/2025 por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado, para completar la transposición de la Directiva relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores. La norma vendría a modificar el Estatuto de los Trabajadores, el Estatuto Básico del Empleador Público (EBEP) y la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). 

A continuación, exponemos las claves del Real Decreto-ley que entra en vigor con fecha 31 de julio de 2025.

Se amplia de 16 a 19 semanas el permiso por nacimiento y cuidado del menor regulado en los artículos 48.4 y 48.5 del Estatuto de los Trabajadores. De esta manera cada progenitor disfrutará de 3 semanas más de permiso por nacimiento y cuidado del menor. 

Se disfrutará de la siguiente manera:

- 6 semanas obligatorias e ininterrumpidas después del parto.

- 11 semanas a distribuir en periodos semanales hasta que el menor cumpla 12 meses.

- 2 semanas adicionales retribuidas al 100% en periodos semanales acumulados o interrumpidas hasta que el menor cumpla 8 años (para nacimientos a partir del 2 de agosto de 2024). Tanto el disfrute como la prestación de estas 2 semanas podrán solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.

Para las familias monoparentales el permiso también se ha incrementado a 32 semanas reconociendo el ejercicio de los roles de ambos progenitores en una sola persona. En este caso el permiso se disfrutará de la siguiente manera:

- 6 semanas obligatorias e ininterrumpidas después del parto.

- 22 semanas a distribuir en periodos semanales hasta que el menor cumpla 12 meses.

- 4 semanas adicionales retribuidas al 100% en periodos semanales acumulados o interrumpidas hasta que el menor cumpla 8 años. 

En lo referente al Permiso parental de 8 semanas regulado en el artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto-ley 9/2025 no ha introducido ninguna modificación, por lo que el disfrute de las 8 semanas sin retribuir continúa vigente y podrá disfrutarse por periodos semanales e interrumpidos hasta que el menor cumpla 8 años, como se venía haciendo hasta ahora.

Desde  CCOO valoramos positivamente esta ampliación de los permisos de nacimiento y cuidado, así como el reconocimiento específico a las familias monoparentales. Esta medida supone un avance real en la conciliación de la vida laboral y familiar, alineándose con las exigencias europeas y con una reivindicación histórica de nuestro sindicato.

Seguiremos trabajando para que estos derechos se garanticen en todos los centros de trabajo sin obstáculos ni discriminaciones en su aplicación.