viernes, 17 de noviembre de 2017

Actualización subvenciones a la conciliación, de la Junta de Castilla y León,

 Aquí os dejamos resumen de la  actualización, publicada ayer día 16 de noviembre en el Bocyl nº220, y que os hemos dejado en los tablones de anuncios de la empresa, así como repartidas en los diferentes comedores, donde después de aprobar dichas subvenciones hace unos días, hoy se abre el plazo para entregar las solicitudes hasta el 01 de Diciembre de 2017.

 Apenas nos dan 15 días la Junta de Castilla y León, para solicitar esta prestación, así que compartir rápido  esta información con todos vuestros familiares, amigos, vecinos, conocidos, etc ... para quien lo necesite pueda optar a ello sin que se le pase, este corto periodo de solicitud.




Ya se pueden solicitar las subvenciones de la Junta de Castilla y León, destinadas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboras (2017) : Reducción de Jornada y Excedencia. N (bocyl nº 220 de 16.11.2017)

Beneficiarios/as :
Reducción de Jornada : Beneficiarios/as: Trabajadores/as que ejerciten el derecho a la reducción de su jornada laboral por convivir y tener a su cargo a un/a menor de 12 años; o mayor de 12 y menor de 18 años, en los casos en que el menor tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Excedencia : Beneficiarios/as :  Trabajadores/as  que ejerciten el derecho a excedencia, para el cuidado de hijo/a o menores a su cargo, en los siguientes supuestos:
- Las trabajadoras que tengan la consideración de víctimas de violencia de género para atender al cuidado de hijo o hija.
- Los padres y madres para atender al cuidado de un hijo o hija menor de 18 años que tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Los padres y madres para atender al cuidado de un hijo o hija menor de 18 años afectado por cáncer o por cualquier otra enfermedad grave, que implique ingreso hospitalario de larga duración.

Requisitos:
 Reducción de Jornada:
- Haber trabajado a jornada completa hasta la fecha de inicio de la reducción.
- Reducción de un 50% y por un periodo de 6 meses continuados (salvo causas excepcionales)  desde el 01.07.2016 al 30.06.2017
Excedencia:
- Haber ejercido este derecho un periodo mínimo e ininterrumpido de 6 meses, durante el periodo 01.07.2016 al 30.06.2017, ambos inclusive.
- Estar en alta o en situación asimilada a la de alta, como trabajador/a por cuenta ajena, en el momento anterior a la fecha de inicio del ejercicio de este derecho.
Comunes a ambos supuestos:
a) Estar empadronadas y residir en algún municipio de Castilla y León.
b) Convivir con el menor o la menor que motiva la reducción de jornada o la
excedencia.
c) Que el nivel anual de renta netas, de la unidad familiar (periodo 2016) no debe superar   
25000€ .

Cuantía:
a) 1.500 €, con carácter general, por el ejercicio de excedencia o reducción de
jornada durante un período mínimo de 6 meses ininterrumpidos.
b) 3.000 €, para los supuestos de excedencia o reducción de jornada compartida, ejercida consecutiva y correlativamente durante al menos 12 meses, siendo en este caso la cuantía de 1.500 € para cada uno.
En aquellos supuestos en que por causas no imputables a la voluntad de la persona
trabajadora el período disfrutado fuera inferior a los 6 meses, la cuantía de la subvención a conceder se reducirá proporcionalmente al período efectivamente disfrutado.

Plazo de Presentación : del 17 de Noviembre al 01 de Diciembre de 2017
Más información y formularios en https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es


Un saludo compañer@s.

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