Días de Permiso por Hospitalización de un Familiar.
Varias veces nos ha llegado consulta sobre cuantos días, como y si son retribuidos, tenemos derecho a disfrutar por hospitalización de un familiar (puntualizar que el familiar tiene que ser hasta Segundo Grado).Así que , aquí os dejamos respuesta a este tema, así como un caso práctico y real, donde CCOO intervino, por la mala practica de una empresa, donde les computaba a sus trabajadores, estos días de permiso, como días naturales, incluyendo festivos o descansos semanales.
" ¿En qué momento debe disfrutar del permiso retribuido?
En caso de hospitalización de un pariente de hasta segundo grado, los trabajadores tienen derecho a un permiso retribuido de dos días, plazo que se amplía a cuatro si necesitan desplazarse (a estos efectos, es necesario un desplazamiento de cierta entidad –por ejemplo, de 200 kilómetros por trayecto–, salvo que el convenio fije otra distancia).
El hecho causante del permiso es la hospitalización del familiar. Por tanto, el trabajador puede coger el permiso cuando quiera mientras dure la hospitalización, sin que sea obligado exigir el disfrute en los primeros días. En este sentido, se puede llegar a un pacto con el empresario. Si no es posible llegar a un acuerdo, éste no puede denegar el disfrute del permiso en los días solicitados.
¿Qué ocurre si se suceden varias hospitalizaciones?
Si el trabajador ya ha disfrutado del permiso con anterioridad, y vuelven a ingresar a un familiar por las mismas dolencias, tiene derecho a un nuevo permiso. Cada hospitalización (aunque sea por la misma enfermedad) supone un hecho causante diferente, por lo que da derecho a permisos sucesivos.
El disfrute de los dos días puede hacerse de forma consecutiva o alterna.
En todo caso, el trabajador debe avisar con antelación al empresario y debe justificar que se ha producido la hospitalización. Para ello debe presentar un certificado del hospital, que debe incluir la fecha del ingreso y mencionar si el familiar continúa ingresado."
Podeis consultar el artículo al completo, donde podemos ver un ejemplo práctico, en el que Comisiones Obreras (CCOO) presenta demanda de conflicto colectivo, ante la falta de concreción, tanto en el Estatuto de los Trabajadores como en el convenio colectivo de hostelería de las Palmas, en el que una empresa computa los días de permiso como naturales, incluyendo los festivos o descansos semanales. Pulsando Aquí para ver dicho artículo.
Ante cualquier duda respecto a este tema, no dudeis en consultarnos.
Un saludo Compañer@s.
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