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miércoles, 25 de marzo de 2026

Permiso de Lactancia Acumulado 2026. Como Calcularlo.

 

Permiso acumulado de lactancia en 2026: cómo calcular las horas y días que te corresponden

 

Dado que esta es una de las preguntas o dudas que nos hacéis llegar, os hacemos un pequeño resumen con ejemplos de este permiso que podéis solicitar.

El permiso de lactancia permite a las personas trabajadoras ausentarse 1 hora diaria hasta que el bebé cumpla 9 meses. Esa hora puede disfrutarse diariamente o acumularse en jornadas completas.

Base legal principal

  • El **artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores (ET) establece que, tras el nacimiento de un hijo/a, tienes derecho a 1 hora diaria de ausencia del trabajo para lactancia hasta que el bebé cumple 9 meses.

  • Esa hora puede dividirse en dos fracciones, o sustituirse por reducción de jornada de 30 min o acumularse en días completos.

  • Hasta 24 mayo 2023 era obligatorio que la acumulación estuviera prevista en el convenio o en un acuerdo con la empresa.

  • Con las modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 2/2024, ya no es obligatorio que ese derecho figure en el convenio para poder acumularlo en jornadas completas: puedes elegir la acumulación por tu cuenta sin más requisito

.

En este artículo explicamos:

  • Cómo se calcula correctamente

  • Qué jornada se utiliza como referencia

  • 3 ejemplos reales según tipo de contrato

     

 

¿Qué dice la normativa sobre el permiso de lactancia?

El permiso de lactancia reconoce:

  • 1 hora de ausencia diaria por cada día efectivamente trabajado, tanto en jornada completa como jornada parcial.

  • Posibilidad de dividirla en dos fracciones.

  • Posibilidad de sustituirla por reducción de jornada.

  • Posibilidad de acumular todas las horas en días completos.

El derecho se genera desde la reincorporación tras el permiso por nacimiento hasta el día anterior a que el menor cumpla 9 meses.

 

 

Cómo se calcula el permiso acumulado paso a paso

 1.- Calcular los días laborables desde la reincorporación hasta los 9 meses del bebé.

2.- Multiplicar esos días por 1 hora.

3.- Dividir las horas totales entre la jornada ordinaria.

* Importante: Para convertir horas en días se utiliza la jornada efectiva de trabajo, no las horas de presencia si incluyen descanso

 

Ejemplos prácticos de cálculo del permiso acumulad

Para los ejemplos utilizamos un período tipo de 110 días laborables generados (aproximado habitual entre reincorporación y 9 meses)

 

Ejemplo 1

Persona con contrato indefinido – 8h/día (40h semanales)

  • Jornada ordinaria: 8 horas efectivas

  • Días generados: 110

  • Horas de lactancia: 110 horas

Cálculo:

110 ÷ 8 = 13,75 días =  Corresponden 13 días completos y 6 horas

 

Ejemplo 2

Persona con contrato indefinido – 4h/día (20h semanales)

Aunque sea jornada parcial, el derecho sigue siendo 1 hora por día trabajado.

  • Jornada diaria: 4 horas

  • Días generados: 110

  • Horas de lactancia: 110 horas

Cálculo:

110 ÷ 4 = 27,5 días = Corresponden 27 días completos y medio

La jornada parcial no reduce la hora generada; lo que cambia es la conversión en días.

 

Ejemplo 3

Jornada de 7,5h efectivas (8h presenciales) con reducción actual de 1h

  • Jornada ordinaria: 7,5 horas efectivas

  • Jornada presencial: 8 horas

  • Reducción actual: 1 hora diaria

  • Días generados: 110

  • Horas acumuladas: 110

Cálculo:

110 ÷ 7,5 = 14,66 días = Corresponden 14 días completos y 5 horas

 La reducción de jornada no altera el número de horas generadas.

 Se divide entre la jornada ordinaria (7,5h), no entre la jornada reducida (6,5h).

  

Preguntas frecuentes

¿La reducción de jornada y la acumulación son compatibles?

No. Son opciones alternativas.

¿Las vacaciones dentro del periodo generan lactancia?

No. Solo generan derecho los días efectivamente trabajados.

¿Puede la empresa imponer la forma de disfrute?

No. La persona trabajadora elige, respetando los plazos de preaviso.

 

Conclusión

El permiso acumulado de lactancia se calcula siempre:

1 hora × días efectivamente trabajados ÷ jornada diaria efectiva

La clave está en:

  • Aplica de igual forma a jornada completa como a jornada parcial.

  • Contar correctamente los días laborables.

  • Usar la jornada ordinaria, y en su caso la efectiva real para dividir.

  • No confundir horas presenciales con horas de trabajo efectivo.

  • No confundir horas presenciales con horas de trabajo efectivo.

  • No confundir Jornada parcial , con jornada reducida. 

 

Para cualquier duda o consulta, no dudes en ponerte en contacto con tus 
delegados de CCOO en MSD AH Salamanca. 
 
Un saludo compañer@s. 
 

viernes, 23 de febrero de 2018

Sobre el Calendario Laboral para este 2018


 Desde principios de este mes de febrero, ya está aprobado el calendario laboral para este 2018.

 La propuesta de la Sección Sindical de CCOO, no fue la aprobada en pleno de comite, ya sabéis que quien gobierna el actual comite con un 5-4 en sus delegados es UGT, y muchos nos preguntais sobre la forma de recuperar las 16,5 h. a cambio de 3 jornadas + 1 jornada que se debe a los trabajadores por calendario.

 Como siempre con el calendario se adjunta una serie de formulas para que dicho calendario se respete y cumpla, aquí os lo dejamos para que le echeis un ojo, y si teneis cualquier problema, no dudeis en consultarnoslo.







Podéis imprimir el calendario  y el anexo desde aquí.

lunes, 6 de noviembre de 2017

Guía de Derechos de Conciliación.

La guía de derechos de conciliación vuelve a ser una herramienta útil para los trabajadores y trabajadoras
  • Se actualiza el documento que CCOO de Industria publicó en 2015
CCOO de Industria quería que la "Guía de derechos de conciliación de la vida personal, laboral y familiar" que editó hace un par de años siguiera siendo un documento útil. Por eso la acaba de actualizar con los cambios que se han introducido en la legislación.

 La nueva responsable de Mujer e Igualdad de CCOO de Industria se propuso, nada más ocupar el cargo, actualizar la guía que la federación publicó en 2015 sobre los derechos de conciliación de la vida personal, laboral y familiar. El nuevo documento ya está colgado en la página web.

Portada guía de conciliación
Haz click para ver Guía Conciliación
La última edición recoge los cambios que se han introducido en la Ley para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres durante los dos últimos años y vuelve a recordar que el disfrute de estos permisos de conciliación "puede ser ejercido por cualquiera de los progenitores" a excepción de los que son específicos de uno de ellos, "como es el permiso de paternidad".
Es precisamente este permiso el que ha sido modificado recientemente. En esta edición se explica que los nuevos papás pasan de tener 13 días de permiso, a disfrutar de cuatro semanas. En la guía también se aclara que se amplían las licencias en los casos de guarda con fines de adopción, ya sea definitiva o temporal. Hasta ahora la Ley solo otorgaba permiso en los supuestos de adopción o acogimiento.
CCOO de Industria confía en seguir actualizando el contenido de esta guía año tras año. Eso significará que se corrigen las desigualdades que todavía existen en la Ley de Igualdad y que se construye una sociedad cada vez más justa y democrática.

domingo, 19 de marzo de 2017

Días de Permiso por Hospitalización de un Familiar.

Días de Permiso por Hospitalización de un Familiar.

 Varias veces nos ha llegado consulta sobre cuantos días, como y si son retribuidos, tenemos derecho a disfrutar por hospitalización de un familiar (puntualizar que el familiar tiene que ser hasta Segundo Grado).


 Así que , aquí os dejamos respuesta a este tema, así como un caso práctico y real, donde CCOO intervino, por la mala practica de una empresa, donde les computaba a sus trabajadores, estos días de permiso, como días naturales, incluyendo festivos o descansos semanales.


" ¿En qué momento debe disfrutar del permiso retribuido?
 En caso de hospitalización de un pariente de hasta segundo grado, los trabajadores tienen derecho  a un permiso retribuido de dos días, plazo que se amplía a cuatro si necesitan desplazarse (a estos efectos, es necesario un desplazamiento de cierta entidad –por ejemplo, de 200 kilómetros por trayecto–, salvo que el convenio fije otra distancia). 
 El hecho causante del permiso es la hospitalización del familiar. Por tanto, el trabajador puede coger el permiso cuando quiera mientras dure la hospitalización, sin que sea obligado exigir el disfrute en los primeros días. En este sentido, se puede llegar a un pacto con el empresario. Si no es posible llegar a un acuerdo, éste no puede denegar el disfrute del permiso en los días solicitados.
 ¿Qué ocurre si se suceden varias hospitalizaciones?
 Si el trabajador ya ha disfrutado del permiso con anterioridad, y vuelven a ingresar a un familiar por las mismas dolencias, tiene derecho a un nuevo permiso. Cada hospitalización (aunque sea por la misma enfermedad) supone un hecho causante diferente, por lo que da derecho a permisos sucesivos.
 El disfrute de los dos días puede hacerse de forma consecutiva o alterna.
 En todo caso, el trabajador debe avisar con antelación al empresario y debe justificar que se ha producido la hospitalización. Para ello debe presentar un certificado del hospital, que debe incluir la fecha del ingreso y mencionar si el familiar continúa ingresado."


 Podeis consultar el artículo al completo, donde podemos ver un ejemplo práctico, en el que Comisiones Obreras (CCOO) presenta demanda de conflicto colectivo, ante la falta de concreción, tanto en el Estatuto de los Trabajadores como en el convenio colectivo de hostelería de las Palmas, en el que una empresa computa los días de permiso como naturales, incluyendo los festivos o descansos semanales. Pulsando Aquí para ver dicho artículo.
 Ante cualquier duda respecto a este tema, no dudeis en consultarnos.
 Un saludo Compañer@s.