jueves, 1 de febrero de 2024

Resumen Asamblea Informativa 30 Enero 2024

Resumen Asamblea Informativa 30 Enero 2024


 En la pasada asamblea informativa celebrada el día 30 de Enero, os presentamos los resúmenes, de las nuevas tablas salariales para el 2024, la aplicación de la clausula de garantía salarial del art. 38 del XX convenio de la Industria Química, y el análisis del sector de la Industria química que utilizaremos como partida, en la negociación del XXI Convenio de la Industria Química, que comenzará el próximo día 15 de Febrero y del cual os iremos informando.

 Os dejamos las presentaciones que pusimos, de estos tres bloques, para tod@s los que no pudisteis asistir.

 

Comunicado Aplicación Clausula Garantia Salarial:

 

 

Resumen Tablas Salariales para 2024 ( ya aplicada la subida del 10,3%)

 

 

 Análisis Sector Industria Química:

 

Un saludo compañer@s.

martes, 16 de enero de 2024

Comunicado Actualización Salarial para 2024 según IPC Acumulado

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  Os dejamos buena noticia, sobre el incremento salarial que se debe aplicar para este 2024, según clausura de revisión salarial de XX Convenio Industria Química (que esta vigente de forma temporal hasta aprobación de nuevo convenio).

 A esta subida, habrá que sumarle la subida salaria que marque el nuevo convenio para este año.

Un saludo compañer@s.
 

domingo, 14 de enero de 2024

Aprobado incremento del Salario Mínimo Interprofesional en 5% para 2024.



 El Ministerio de Trabajo ha acordado con CCOO y UGT subir el salario mínimo interprofesional (SMI) para 2024 un 5%, desde los 1.080 euros mensuales por catorce pagas hasta los 1.134 euros y se estima que beneficiará a 2,5 millones de personas, especialmente mujeres y jóvenes.

Esta subida se aplicará con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2024.

El Ministerio de Trabajo y Econo


mía Social y las organizaciones sindicales CCOO y UGT han alcanzado un acuerdo para subir el Salario Mínimo Interprofesional para 2024 en un 5%. Esta cifra supone un incremento de 54 euros mensuales más en 14 pagas, es decir, un total de 756 euros anuales.

Desde 2018, el SMI se incrementa, con la subida de hoy, en un 54% lo que supone que las personas trabajadoras perciban 5.573 euros más al año.

Las empleadas de hogar que trabajen por horas percibirán, al menos, 8,87 euros por cada hora.

Un saludo Compañe@s.

lunes, 8 de enero de 2024

Prorrogado Contrato Relevo para 2024

 CCOO de Industria celebra la prórroga del contrato de relevo.



Dentro del paquete de medidas de apoyo para mitigar el impacto de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo (Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre), se prorroga del contrato relevo en la industria manufacturera hasta el 31 de diciembre de 2024

Dentro de la múltiple modificación normativa realizada por el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, encontramos la modificación de la D.T. 4.ª.6 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, prorrogando del contrato relevo en la industria manufacturera hasta el 31 de diciembre de 2024.

«6. Se seguirá aplicando la regulación para la modalidad de jubilación parcial con simultánea celebración de contrato de relevo, vigente con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, de actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, a pensiones causadas antes del 1 de enero de 2025, siempre y cuando se acredite el cumplimiento de los siguientes requisitos

a) Que el trabajador que solicite el acceso a la jubilación parcial realice directamente funciones que requieran esfuerzo físico o alto grado de atención en tareas de fabricación, elaboración o transformación, así como en las de montaje, puesta en funcionamiento, mantenimiento y reparación especializados de maquinaria y equipo industrial en empresas clasificadas como industria manufacturera.

b) Que el trabajador que solicite el acceso a la jubilación parcial acredite un período de antigüedad en la empresa de, al menos, seis años inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación parcial. A tal efecto, se computará la antigüedad acreditada en la empresa anterior si ha mediado una sucesión de empresa en los términos previstos en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, o en empresas pertenecientes al mismo grupo.

c) Que en el momento del hecho causante de la jubilación parcial el porcentaje de trabajadores en la empresa cuyo contrato de trabajo lo sea por tiempo indefinido, supere el 70 por ciento del total de los trabajadores de su plantilla.

d) Que la reducción de la jornada de trabajo del jubilado parcial se halle comprendida entre un mínimo de un 25 por ciento y un máximo del 67 por ciento, o del 80 por ciento para los supuestos en que el trabajador relevista sea contratado a jornada completa mediante un contrato de duración indefinida. Dichos porcentajes se entenderán referidos a la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable.

e) Que exista una correspondencia entre las bases de cotización del trabajador relevista y del jubilado parcial, de modo que la del trabajador relevista no podrá ser inferior al 65 por ciento del promedio de las bases de cotización correspondientes a los seis últimos meses del período de base reguladora de la pensión de jubilación parcial.

f) Que se acredite un período de cotización de treinta y tres años en la fecha del hecho causante de la jubilación parcial, sin que a estos efectos se tenga en cuenta la parte proporcional correspondiente por pagas extraordinarias. A estos exclusivos efectos, solo se computará el período de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria, con el límite máximo de un año.

En el supuesto de personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento, el período de cotización exigido será de veinticinco años».

Tras la aprobación en el consejo de ministras y ministros de la prórroga del contrato de relevo en la industria manufacturera, CCOO Industria manifiesta que es una noticia positiva para algunos de los sectores más afectados por esta medida. 


lunes, 27 de noviembre de 2023

Actualizado el protocolo de Acoso en MSD AH Salamanca


 Actualizado el protocolo de Acoso en MSD AH Salamanca.


 Hoy os dejamos el nuevo protocolo de acoso, de hemos negociado y actualizado desde el comité de empresa.

 Si sufres de alguna manera acoso, o percibes algún síntoma sobre alguna compañer@, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
 Se parte de la solución, no del problema, no te calles.

 

Un saludo compañer@s.


Evaluación del Sector Químico, para trabajar próximo convenio Industria Química.

Ya metidos en la negociación del nuevo convenio de las industria química, os dejamos presentación del análisis o evaluación actual de nuestro sector, que ya os presentamos de forma resumida en la última asamblea general.

Es un documento muy interesante donde podéis ver : 

. - El sector químico analizando datos económicos, de empleo, de afiliación y de representación

sindical.

. - Afectación al sector químico de la legislación en descarbonización y Proyectos Estratégicos para la

Recuperación y Transformación Económica.

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. - El Convenio en base al trabajo realizado en la Comisión Mixta de Interpretación e histórico de

incrementos salariales . 

.- Oportunidades de trabajo sindical se brindan en el sector.


Un saludo compañer@s.

viernes, 24 de noviembre de 2023

Propuesta Calendario Laboral para el 2024

 Propuesta Calendario Laboral para el 2024



 Hoy viernes 24 de Noviembre, hemos presentado, desde la Sección Sindical de CCOO, nuestra propuesta del Calendario Laboral para 2024, a la dirección de la empresa.

 Este año destaca, el computo de 2 jornadas a favor de los trabajador@s.

 A mayores, una vez calculado el calendario, proponemos hacer dos jornadas más este 2024, (consideradas como festivos nacionales) acumulando dos días más como festivos. (en total 4)

 El anexo, con todas las condiciones, de como cumplir el calendario, será negociado el pleno de comité junto al representante de la empresa, como todos los años.

 En cuanto tengamos el calendario consensuado con la empresa os pasaremos comunicado, al igual que la dirección de la empresa, para que esteis al corriente del Calendario Laboral del 2024.

PROPUESTA SECCIÓN SINDICAL DEL CALENDARIO LABORAL PARA 2024





Un saludo compañer@s.