jueves, 28 de noviembre de 2024

XXI Convenio General de la Industria Química.

 Ya tenemos nuevo Convenio General de la Industria Química.

 

Mes y medio después de que CCOO de Industria y FEIQUE alcanzaran un preacuerdo sobre el Convenio General de la Industria Química, y casi con un año de retraso, ayer 27 de noviembre de 2024, queda firmado el XXI Convenio General de la Industria Química.

Tan solo queda, el que se publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y comience a aplicarse en los centros de trabajo. La ratificación se ha producido después de que el sindicato celebrara asambleas por todo el país para conocer cómo se valoró el nuevo texto en los centros de trabajo.


Así es este nuevo convenio, que tanto a costado y peleado CCOO

- Incluye una vigencia de tres años (2024-2026), un incremento salarial mínimo del 9% durante ese periodo (un 3% anual).

- Una cláusula de garantía salarial ligada a la inflación en los mismos términos que los sindicatos y las patronales mayoritarias pactaron en el Acuerdo para el Empleo y Negociación Colectiva (AENC). En 2026 la revisión al IPC será hasta un 2% adicional al incrementado pactado y las subidas salariales se aplicarán desde el 1 de enero de cada año.

- Además, se reducirá la jornada máxima anual en ocho horas durante la vigencia del acuerdo (pasará de 1.752 horas a 1.744). Si finalmente sale adelante la reforma legal sobre esta materia, se aplicaría lo que se acuerde en el ámbito del diálogo social.

- El convenio incorpora otras cuestiones novedosas. Por primera vez recogerá medidas concretas que van más allá de las legales en materia de protección a las mujeres víctimas de violencia de género (reducción de jornada sin reducción de salario; complemento IT del 100%; flexibilidad horaria y de vacaciones y mejora de la reserva del puesto de trabajo en caso de excedencia).

- Además, se creará una póliza o seguro colectivo de veinte mil euros en caso de fallecimiento, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez de la persona trabajadora. 

- También incluye el convenio el derecho de información y participación de la representación de las personas trabajadoras, ante la implantación de sistemas de inteligencia artificial. El objetivo es conseguir que no afecten a las condiciones laborales y eliminar todo tipo de sesgo.

 Os dejamos enlace para descargar el Convenio, así como el último texto refundido del Estatuto de los Trabajadores. 





Un saludo compañer@s.

viernes, 15 de noviembre de 2024

Renovación Sección Sindical de CCOO en MSSD A.H

Renovación Sección Sindical de CCOO en MSSD A.H

Tras la asamblea y la elección y renovación de cargos de la Sección Sindical de CCOO en MSD A.H.,( del día  11 de Noviembre), con una única candidatura presenta, queda compuesta la sección sindical y renovados los cargos de la siguiente manera:

 

·         Secretaría general de la Sección Sindical : Silvia Rdgz. Prieto

·         Delegado Sindical : Ignacio Hdez. Velázquez

·         Ejecutiva de la Sección Sindical: 

             Mº Jesús Garcia Martín

            Carmen Logedo Estévez

            Rubén Hdez. Calvo

            Silvia Rdgz. Prieto 

            Ignacio Hdez. Velázquez

 

 

Desde la Sección Sindical de CCOO, renovamos nuestro compromiso con todos y todas las afiliadas, así como con toda la plantilla, para seguir trabajando, en la resolución de conflictos, en la búsqueda y negociación de nuevos acuerdos, y mejoras, en MSD A.H.

Como siempre, os damos las gracias por vuestra participación y apoyo.

Un saludo compañer@s.

lunes, 4 de noviembre de 2024

Propuesta Calendario 2025.

 Propuesta Calendario 2025.
 
 
  Se aproxima el fin de año y como siempre por estas fechas, estamos trabajando en la propuesta sobre el calendario laboral para el nuevo año.

 Ya llevamos un buen trabajo adelantado sobre este tema, y hoy en reunión ordinaria de comité hemos presentado las propuestas para ir viendo como configurar la propuesta que presentaremos como comité a la empresa.

 Como siempre, es difícil presentar una propuesta que se ajuste a toda la plantilla, y siempre buscamos el equilibrio entre las compensaciones económicas y de descanso. 8que a final de cuentas es lo que más nos reivindica la plantilla).

  Os dejamos, la propuesta que hemos presentado al comité desde la Sección Sindical de CCOO. De la propuesta de los compañeros de UGT, aunque no han presentado nada por escrito, están muy conformes con el nuevo anexo que hemos redactado en nuestra propuesta, y solo difieren en la cantidad de días a disfrutar y realizar.

 Desde la SS CCOO, proponemos disfrutar a mayores, de 4 jornadas con carácter de festivo nacional, (02 de mayo, 12 de junio, y 24 y 31 de diciembre), realizando 22,5h, que se pueden realizar y computar de diferentes formas según el anexo, y en caso de trabajarse, se remunerarán y compensarán como festivo nacional, según el acuerdo de fines de semana y festivos.

 Desde la parte de UGT, que como os decíamos se ha adherido al anexo que hemos propuesto, y proponen disfrutar de 5 jornadas (02 de mayo, 12 de junio, y 24, 26 y 31 de diciembre) realizando 30h.

 Todo esto, os lo explicaremos más detalladamente en la asamblea del próximo Lunes 11 de Noviembre
coincidiendo las votaciones de la renovación de cargos de la Sección Sindical de CCOO en MSD AH .

Aquí os dejamos la propuesta de CCOO para el calendario del próximo año 2025.


 
 
Un saludo Compañer@s.

Asamblea Renovación Cargos Sección Sindical CCOO en MSD AH

 

Estimad@s Compañer@s.

 

Según establecen los procedimientos democráticos establecidos en las normas de nuestro sindicato, debemos proceder a la renovación de cargos de la Sección Sindical de CCOO en MERCK SHARP & DOHME ANIMAL HEAT SL .


En este sentido, quedas convocado/a el día 11 de noviembre de 2024, a la asamblea que se celebrará en la sede de CCOO de Salamanca, Calle Abogados de Atocha nº 2, con el siguiente Orden del Día:

 

 ORDEN DEL DÍA

* 10:00 horas a 10:15 horas: Constitución de la mesa de la asamblea y de la mesa electoral.

* 10:15 horas a 12:00 horas: Asamblea informativa

            Reglamento

            Funciones y Competencias

            Líneas de trabajo

* 12:00 horas a 12:15 horas: Proclamación de candidaturas

* 12:15 horas a 13:00 horas: Apertura de urnas y votación (si sólo hay una candidatura no se vota)

 

* 16:30 a 17:15 horas: Asamblea informativa

           Reglamento

           Funciones y Competencias

           Líneas de trabajo

 

* 17:15 horas a 17:30 horas: Votación y escrutinio

* 17:30 horas: Proclamación de resultados y confección de actas

 

En espera de tu asistencia y participación puesto que, se trata de un proceso importante para el conjunto de la afiliación de CCOO, dotándolos/as nuevamente del canal necesario para que sus inquietudes y sus reivindicaciones sean atendidas por la dirección de la empresa, recibe un saludo.

 

jueves, 10 de octubre de 2024

Preacuerdo Covenio Industria Química 2024-2026.

Preacuerdo Convenio Industria Química 2024-2026.

O traemos una buena noticia , referente a la negociación del convenio, que se a dilatad


o ya bastante en el tiempo y que por fin va viendo la luz, y de una forma muy positiva.

 

Os dejamos el texto del comunicado oficial de CCOO, y esperamos que pronto nos volvamos a juntar con la patronal a firmar este nuevo convenio de la industria química.

 

 

Un saludo compañer@s.


lunes, 3 de junio de 2024

Permiso retribuido Mesa Electoral (09/Jun/2024)

Permiso retribuido Mesa Electoral (09/Jun/2024) 

Si alguno de vosotr@s, tenéis que participar en las elecciones Europeas del día 09 de Junio de 2024, en mesa electoral, y ese día trabajáis, tenéis derecho al siguiente permiso del que os dejamos la siguiente información. 

 

 

 Un saludo compañer@s.

miércoles, 6 de marzo de 2024

CCOO hacia el 08 Marzo de 2024


Compartimos con tod@s vosotr@s este nuevo manifiesto desde CCOO, y os invitamos a tod@s a participar de la Jornada reivindicativa de este 08 Marzo de 2024.


 

Un saludo compañer@s.

lunes, 4 de marzo de 2024

Manifiesto Jornada 08 Marzo de 2024

 

 Un año más con motivo del Día Internacional de las Mujeres, que se celebra el 8 de marzo,CCOO y UGT, han publicado, el siguiente manifiesto que compartimos con tod@s vosotr@s, en el que repasan los avances que se han producido en el último año, denuncian las principales discriminaciones que sufren las mujeres, y reafirman su compromiso hasta conseguir la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
 

 

 

 Un saludo compañer@s.

jueves, 29 de febrero de 2024

#8M “Libres y Unidas, Conquistando Igualdad”

CCOO y UGT llaman a la “participación activa” en las manifestaciones del #8M “libres y unidas, conquistando igualdad”

 

Las Confederaciones Sindicales de Comisiones Obreras (CCOO) y de la Unión General de Trabajadoras y Trabajadores (UGT), ante la conmemoración del 8 de Marzo, Día Internacional de las Mujeres, MANIFESTAMOS que la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres es el objetivo irrenunciable que inspira nuestras sistemáticas actuaciones y fundamenta nuestras reivindicaciones. COMPROMETEMOS nuestra fuerza sindical para que, por fin, se haga efectivo el derecho a la igualdad de las mujeres, velando porque se cumpla especialmente en un ámbito que nos concierne directamente como es el laboral.


Para CCOO y UGT es prioritario:

. Impulsar la negociación colectiva de medidas y planes de igualdad, exigiendo el cumplimiento de la negociación de los planes de igualdad en los términos que obliga la legislación, y aprovechando la potencialidad de la negociación colectiva como correctora de desigualdades.

. Seguir la línea de incremento del SMI hasta situarlo en el 60% de la media salarial, en cumplimiento de la Carta Social Europea, y garantizar el incremento de salarios por Convenio, en cumplimiento del V AENC.

. Mejorar las políticas activas de empleo y en especial las dirigidas al incremento de la inserción y permanencia laboral de determinados grupos de mujeres con dificultades específicas (mayores de 45 años, jóvenes, sin cualificación o con necesidades de recualificación, residentes en ámbito rural, con discapacidad, migrantes, etc.).

 

. Adoptar políticas con perspectiva de género en todos los ámbitos y especialmente en materia de cuidados. Dignificar el sector de cuidados y adoptar políticas de corresponsabilidad efectiva. Transposición real de la Directiva 1158 sobre conciliación de la vida familiar y la vida profesional de las y los progenitores y cuidadores, garantizando que el permiso parental de 8 semanas sea retribuido en su totalidad.

. Invertir en infraestructuras públicas adecuadas, suficientes, asequibles y de calidad para el cuidado de familiares y fortalecer la oferta pública de infraestructuras y servicios relacionados con el cuidado (dependencia, mayores, sanidad, servicios sociales) con empleo y recursos públicos.

. Acometer los aspectos pendientes de la ratificación del Convenio 189 de la OIT, especialmente, por el derecho efectivo a la negociación colectiva de las trabajadoras del hogar.

. Realizar las modificaciones legislativas necesarias para la plena implementación del Convenio 190 de la OIT, ratificado por España, sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, para garantizar que los espacios de trabajo y las relaciones laborales están libres de violencia.

. Impulsar una reforma educativa basada en la coeducación que integre la educación en la igualdad y en el respecto a la diversidad, y extender las infraestructuras públicas para la atención y cuidados de calidad, accesibles y adecuados, a toda la población de 0 a 3 años



martes, 27 de febrero de 2024

Conflicto con la Clausula de Garantía Salarial Convenio Industria Química.

Conflicto con la Clausula de Garantía Salarial Convenio Industria Química.

 Como os veníamos comentando en anteriores comunicados, parte de la patronal afectada por el incremento salarial que dicta la clausula de Garantía Salarial del convenio de la industria química, se niega a aplicar a todo el mundo, mal interpretando dicha clausula. 

 Por ello CCOO y UGT han interpuesto Un Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional, que afecta y abarca a todo el sector, al objeto de reponer el daño que está haciendo la decisión de FEIQUE a las personas, especialmente al colectivo de jóvenes. 

 En nuestra empresa, como también os venimos informando, no hay problema alguno y dicha revisión e incremento salarial, se aplicara a toda la plantilla, como nos comunico la dirección de la empresa. Dicho revisión e incremento salarial se aplicará, con carácter retroactivo a 1 de enero de 2024, a partir de la nómina de febrero

 Os dejamos el comunicado oficial, para vuestra información.

Un saludo compañer@s

jueves, 1 de febrero de 2024

Resumen Asamblea Informativa 30 Enero 2024

Resumen Asamblea Informativa 30 Enero 2024


 En la pasada asamblea informativa celebrada el día 30 de Enero, os presentamos los resúmenes, de las nuevas tablas salariales para el 2024, la aplicación de la clausula de garantía salarial del art. 38 del XX convenio de la Industria Química, y el análisis del sector de la Industria química que utilizaremos como partida, en la negociación del XXI Convenio de la Industria Química, que comenzará el próximo día 15 de Febrero y del cual os iremos informando.

 Os dejamos las presentaciones que pusimos, de estos tres bloques, para tod@s los que no pudisteis asistir.

 

Comunicado Aplicación Clausula Garantia Salarial:

 

 

Resumen Tablas Salariales para 2024 ( ya aplicada la subida del 10,3%)

 

 

 Análisis Sector Industria Química:

 

Un saludo compañer@s.

martes, 16 de enero de 2024

Comunicado Actualización Salarial para 2024 según IPC Acumulado

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  Os dejamos buena noticia, sobre el incremento salarial que se debe aplicar para este 2024, según clausura de revisión salarial de XX Convenio Industria Química (que esta vigente de forma temporal hasta aprobación de nuevo convenio).

 A esta subida, habrá que sumarle la subida salaria que marque el nuevo convenio para este año.

Un saludo compañer@s.
 

domingo, 14 de enero de 2024

Aprobado incremento del Salario Mínimo Interprofesional en 5% para 2024.



 El Ministerio de Trabajo ha acordado con CCOO y UGT subir el salario mínimo interprofesional (SMI) para 2024 un 5%, desde los 1.080 euros mensuales por catorce pagas hasta los 1.134 euros y se estima que beneficiará a 2,5 millones de personas, especialmente mujeres y jóvenes.

Esta subida se aplicará con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2024.

El Ministerio de Trabajo y Econo


mía Social y las organizaciones sindicales CCOO y UGT han alcanzado un acuerdo para subir el Salario Mínimo Interprofesional para 2024 en un 5%. Esta cifra supone un incremento de 54 euros mensuales más en 14 pagas, es decir, un total de 756 euros anuales.

Desde 2018, el SMI se incrementa, con la subida de hoy, en un 54% lo que supone que las personas trabajadoras perciban 5.573 euros más al año.

Las empleadas de hogar que trabajen por horas percibirán, al menos, 8,87 euros por cada hora.

Un saludo Compañe@s.

lunes, 8 de enero de 2024

Prorrogado Contrato Relevo para 2024

 CCOO de Industria celebra la prórroga del contrato de relevo.



Dentro del paquete de medidas de apoyo para mitigar el impacto de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo (Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre), se prorroga del contrato relevo en la industria manufacturera hasta el 31 de diciembre de 2024

Dentro de la múltiple modificación normativa realizada por el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, encontramos la modificación de la D.T. 4.ª.6 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, prorrogando del contrato relevo en la industria manufacturera hasta el 31 de diciembre de 2024.

«6. Se seguirá aplicando la regulación para la modalidad de jubilación parcial con simultánea celebración de contrato de relevo, vigente con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, de actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, a pensiones causadas antes del 1 de enero de 2025, siempre y cuando se acredite el cumplimiento de los siguientes requisitos

a) Que el trabajador que solicite el acceso a la jubilación parcial realice directamente funciones que requieran esfuerzo físico o alto grado de atención en tareas de fabricación, elaboración o transformación, así como en las de montaje, puesta en funcionamiento, mantenimiento y reparación especializados de maquinaria y equipo industrial en empresas clasificadas como industria manufacturera.

b) Que el trabajador que solicite el acceso a la jubilación parcial acredite un período de antigüedad en la empresa de, al menos, seis años inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación parcial. A tal efecto, se computará la antigüedad acreditada en la empresa anterior si ha mediado una sucesión de empresa en los términos previstos en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, o en empresas pertenecientes al mismo grupo.

c) Que en el momento del hecho causante de la jubilación parcial el porcentaje de trabajadores en la empresa cuyo contrato de trabajo lo sea por tiempo indefinido, supere el 70 por ciento del total de los trabajadores de su plantilla.

d) Que la reducción de la jornada de trabajo del jubilado parcial se halle comprendida entre un mínimo de un 25 por ciento y un máximo del 67 por ciento, o del 80 por ciento para los supuestos en que el trabajador relevista sea contratado a jornada completa mediante un contrato de duración indefinida. Dichos porcentajes se entenderán referidos a la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable.

e) Que exista una correspondencia entre las bases de cotización del trabajador relevista y del jubilado parcial, de modo que la del trabajador relevista no podrá ser inferior al 65 por ciento del promedio de las bases de cotización correspondientes a los seis últimos meses del período de base reguladora de la pensión de jubilación parcial.

f) Que se acredite un período de cotización de treinta y tres años en la fecha del hecho causante de la jubilación parcial, sin que a estos efectos se tenga en cuenta la parte proporcional correspondiente por pagas extraordinarias. A estos exclusivos efectos, solo se computará el período de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria, con el límite máximo de un año.

En el supuesto de personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento, el período de cotización exigido será de veinticinco años».

Tras la aprobación en el consejo de ministras y ministros de la prórroga del contrato de relevo en la industria manufacturera, CCOO Industria manifiesta que es una noticia positiva para algunos de los sectores más afectados por esta medida.