Aquí os dejamos resumen de la actualización, publicada ayer día 16 de noviembre en el Bocyl nº220, y que os hemos dejado en los tablones de anuncios de la empresa, así como repartidas en los diferentes comedores, donde después de aprobar dichas subvenciones hace unos días, hoy se abre el plazo para entregar las solicitudes hasta el 01 de Diciembre de 2017.
Apenas nos dan 15 días la Junta de Castilla y León, para solicitar esta prestación, así que compartir rápido esta información con todos vuestros familiares, amigos, vecinos, conocidos, etc ... para quien lo necesite pueda optar a ello sin que se le pase, este corto periodo de solicitud.
Ya se pueden solicitar las
subvenciones de la Junta de Castilla y León, destinadas a la conciliación de la
vida personal, familiar y laboras (2017) : Reducción de Jornada y Excedencia. N
(bocyl nº 220 de 16.11.2017)
Beneficiarios/as :
Reducción de Jornada : Beneficiarios/as: Trabajadores/as que
ejerciten el derecho a la reducción de su jornada laboral por convivir y tener
a su cargo a un/a menor de 12 años; o mayor de 12 y menor de 18 años, en los
casos en que el menor tenga reconocido un grado de discapacidad igual o
superior al 33%.
Excedencia : Beneficiarios/as :
Trabajadores/as que ejerciten el
derecho a excedencia, para el cuidado de hijo/a o menores a su cargo, en los
siguientes supuestos:
- Las trabajadoras que tengan la
consideración de víctimas de violencia de género para atender al cuidado de
hijo o hija.
- Los padres y madres para
atender al cuidado de un hijo o hija menor de 18 años que tenga reconocido un
grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Los padres y madres para
atender al cuidado de un hijo o hija menor de 18 años afectado por cáncer o por
cualquier otra enfermedad grave, que implique ingreso hospitalario de larga
duración.
Requisitos:
Reducción de Jornada:
- Haber trabajado a jornada completa hasta la fecha de inicio de la
reducción.
- Reducción de un 50% y por un
periodo de 6 meses continuados (salvo causas excepcionales) desde el 01.07.2016 al 30.06.2017
Excedencia:
- Haber ejercido este derecho un
periodo mínimo e ininterrumpido de 6 meses, durante el periodo 01.07.2016 al
30.06.2017, ambos inclusive.
- Estar en alta o en situación
asimilada a la de alta, como trabajador/a por cuenta ajena, en el momento
anterior a la fecha de inicio del ejercicio de este derecho.
Comunes a ambos supuestos:
a) Estar empadronadas y residir en algún municipio de Castilla y León.
b) Convivir con el menor o la menor que motiva la reducción de jornada o la
excedencia.
c) Que el nivel anual de renta netas, de la unidad familiar (periodo 2016)
no debe superar
25000€ .
Cuantía:
a) 1.500 €, con carácter general,
por el ejercicio de excedencia o reducción de
jornada durante un período mínimo
de 6 meses ininterrumpidos.
b) 3.000 €, para los supuestos
de excedencia o reducción de jornada compartida, ejercida consecutiva y
correlativamente durante al menos 12 meses, siendo en este caso la cuantía de
1.500 € para cada uno.
En aquellos supuestos en que por causas no imputables a la voluntad de la
persona
trabajadora el período disfrutado fuera inferior a los 6 meses, la cuantía
de la subvención a conceder se reducirá proporcionalmente al período
efectivamente disfrutado.
Plazo de
Presentación : del 17 de Noviembre al 01 de Diciembre de 2017
Un saludo compañer@s.