Actualizado el protocolo de Acoso en MSD AH Salamanca.
Un saludo compañer@s.
Un saludo compañer@s.
Es un documento muy interesante donde podéis ver :
. - El sector químico analizando datos económicos, de empleo, de afiliación y de representación
sindical.
. - Afectación al sector químico de la legislación en descarbonización y Proyectos Estratégicos para la
Recuperación y Transformación Económica.
. - El Convenio en base al trabajo realizado en la Comisión Mixta de Interpretación e histórico de
incrementos salariales .
.- Oportunidades de trabajo sindical se brindan en el sector.
Un saludo compañer@s.
INFORMACIÓN SOBRE LA APLICACIÓN DE LA CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL EN LA QUÍMICA
A continuación, os explicamos cómo se tiene que aplicar la cláusula de revisión salarial en las empresas que están sujetas al XX Convenio General de la Industria Química.
PRIMERO: Incremento sobre la nómina
Los incrementos pactados en el Convenio para los años 2021, 2022 y 2023 (años de vigencia del convenio) han sido los siguientes:
· año 2021 - 1%
· año 2022 - 2%
· año 2023 - 2%
Estos incrementos ya están reflejados en nuestras nóminas.
La suma de los incrementos de estos tres años es de 5% (1+2+2).
Con este dato, toca ahora aplicar lo que indica el artículo 38 de nuestro convenio:
Artículo 38. Cláusula de Garantía Salarial para los años 2021, 2022 y 2023.
En el supuesto de que la suma del IPC general español correspondiente a los años 2021, 2022 y 2023 resulte una cifra superior a la suma de los incrementos pactados en el presente Convenio Colectivo para los referidos años, se procederá a efectuar una revisión salarial, en la indicada diferencia y sin efectos retroactivos, tan pronto se constate oficialmente dicha circunstancia. El incremento de salarios que en su caso proceda se abonará por tanto con efectos del 1 de enero de 2024, sirviendo como base de cálculo para el incremento salarial de este último año. Esta misma revisión salarial se aplicará a las tablas de SMG de los artículos 32 y 47.6, plus de turnicidad y plus de festivo del artículo 44.7, pluses del artículo 40 y dietas del artículo 28.4. Al operar esta revisión salarial sobre la Masa Salarial Bruta (MSB) de cada empresa no es posible la compensación y/o absorción de la misma con otros conceptos salariales, cualquiera que sea su denominación.
SEGUNDO: IPC real
Este artículo indica que primero debemos saber los IPC reales que se han producido en España durante los años 2021, 2022 y 2023. Éstos han sido:
ESTIMACIÓN INCREMENTO DURANTE LA VIGENCIA DEL CONVENIO
El resultado de todo esto es que, en enero de 2024, se incrementará la diferencia del IPC en las tablas salariales, incluidos los pluses indicados en el párrafo del artículo 38, sin que se pueda compensar ni absorber con otros conceptos salariales.
Este incremento no genera ningún tipo de atrasos a enero 2024.
Sobre estos datos faltará aplicar el incremento salarial que se pacte en la negociación del XXI Convenio General de la Industria Química en la próxima negociación del convenio.
PUEDES AFÍLIARTE :
solicita un impreso a tus representantes
entra en https://afiliate.ccoo.es/afiliate/afiliate.htm
CONVOCATORIA DE ASAMBLEA
GENERAL ORDINARIA DE LA SECCIÓN SINDICAL DE CCOO DE MSD SALAMANCA.
Estimados
compañeros y compañeras:
La Sección Sindical de CCOO de MSD Salamanca,
por medio de la presente, os
convoca en Asamblea General Ordinaria, la
cual tendrá lugar el próximo Jueves 16 de Noviembre de 2023, a las 18:00 h. en el salón de Actos de la sede de CCOO de Salamanca, para tratar los asuntos incluidos en el
siguiente
Orden del día:
1- Saludo y Bienvenida.
2- Bajas y nuevas incorporaciones en la Sección Sindical.
3- Plan de Igualdad, actualización y negociación del mismo.
4- Información y resumen de lo
acontecido hasta ahora en cuanto a Salud y Seguridad Laboral.
5- Información sobre la negociación del nuevo convenio de la Industria Química.
6- Propuesta de Turnos.
7- Propuesta Calendario Laboral 2024.
9- Ruegos y Preguntas.
Conclusiones y Cierre de la Asamblea.
Aprovechamos la ocasión para anunciaros la Nueva Apertura de Cuenta en Instagram de la Sección Sindical CCOO en MSD, donde podréis ir viendo y recibiendo información, al igual que a través de este Blog.
Os dejamos QR para acceder bajo solicitud, ya que es una cuenta privada, exclusivamente para los afiliad@s a CCOO, o podeis buscarla como @CCOOMSDSALAMANCA.
Sin más, esperamos vuestra asistencia y participación.
Un cordial saludo Compañer@s.
Este Newsletter los recibiréis en vuestro correo corporativo, en formato papel, triplico o panfleto, y dejaremos en el blog colgado, para que podáis acceder a el en cualquier momento.
Esperamos que este nuevo publicación y forma de comunicarnos, sea de vuestro agrado.
Un saludo compañer@s.
¿Sabes qué es un incidente, un accidente blanco o un accidente sin baja?
*El 5 de enero se publicó en el BOE el RD 1060/2022. de 27 de diciembre, por el que se modifica el RD 625/2014, de 18 de julio por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración. La norma entrará en vigor plenamente el 1 de abril de 2023 por lo que el contenido de estos vídeos, elaborados con anterioridad, puede haberse visto afectado. Consulta con CCOO los aspectos relacionados con: - la obligación de la persona trabajadora de aportar la copia en papel para la empresa en la gestión de la IT. A partir de abril no será necesario. - el facultativo o facultativa del SPS, de la empresa colaboradora o de la mutua podrá fijar la correspondiente revisión médica en un período inferior al que la norma indicaba en cada caso. - el INSS y el ISM realizarán el seguimiento del grado de motivación clínica de las propuestas de alta de las mutuas y de respuesta de la inspección médica de los SPS y del INGS, así como el grado de cumplimiento de los plazos de las distintas entidades en lo que se refiere a las propuestas de alta.Os dejamos la última actualización del Estatuto de los Trabajadores, tras la
publicación en
el BOE del nuevo Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23
de octubre, por el que se aprueba un nuevo texto refundido.
(conseguido en la mesa de diálogo entre CCOO, UGT y el Gobierno, sin respaldo de la patronal), en el que se recogen medidas de gran calado para el futuro de las pensiones públicas en España. Un acuerdo que garantiza la sostenibilidad de las pensiones por la vía de ingresos, reduce la brecha de cotización y mejora el período de cálculo. Como ha subrayado el secretario general de CCOO, Unai Sordo, con la firma de este nuevo acuerdo "asistimos a uno de los días más importantes de esta legislatura. Estamos ante un nuevo acuerdo histórico, que tiene muchísima trascendencia, ya que pretende instalar un sistema de ingresos estructurales a la Seguridad Social que garantice la viabilidad, equidad y suficiencia de las pensiones, y proporcione más protección y certezas para los próximos 25 años. Y esto es revolucionario, porque sube ingresos y no recorta las pensiones". Click aquí para ver el PDF >>> ACUERDO DE LA SEGUNDA FASE DE LA REFORMA DE PENSIONES Un saludo Compañer@s. |
Hoy os dejamos otro vídeo, desde la sección de Salud Laboral de CCOO.
¿Sabes qué es un incidente, un accidente blanco o un accidente sin baja?
*El 5 de enero se publicó en el BOE el RD 1060/2022. de 27 de diciembre, por el que se modifica el RD 625/2014, de 18 de julio por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración.
La norma entrará en vigor plenamente el 1 de abril de 2023 por lo que el contenido de estos vídeos, elaborados con anterioridad, puede haberse visto afectado. Consulta con CCOO los aspectos relacionados con:
- la obligación de la persona trabajadora de aportar la copia en papel para la empresa en la gestión de la IT. A partir de abril no será necesario.
- el facultativo o facultativa del SPS, de la empresa colaboradora o de la mutua podrá fijar la correspondiente revisión médica en un período inferior al que la norma indicaba en cada caso.
- el INSS y el ISM realizarán el seguimiento del grado de motivación clínica de las propuestas de alta de las mutuas y de respuesta de la inspección médica de los SPS y del INGS, así como el grado de cumplimiento de los plazos de las distintas entidades en lo que se refiere a las propuestas de alta.
Hoy os traeros un breve video-respuesta de Mariano Sanz Lubeiro, Secretario de Salud Laboral de CCOO, sobre los parte de bajas médicas.
Esperamos que sea de vuestro interés.
Cualquier pregunta al respecto, no dudes en hacérnosla llegar. Podéis utilizar el formulario de contacto del blog o localizarnos en la sala del comité.
Un saludo compañer@s.